La Secretaría de Salud (SSA) emitió dos decretos por los que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Salud, relativas a la prescripción de medicamentos y sobre la atención a las comunidades indígenas.
En uno de los decretos, publicados este lunes en el Diario Oficial de la Federación, se adiciona el Artículo 28 bis, el cual establece que los profesionales que podrán prescribir medicamentos son únicamente los médicos, homeópatas, cirujanos dentistas y veterinarios en el área de su competencia.
Asimismo los licenciados en enfermería únicamente podrán prescribir, cuando no se cuente con los servicios de un médico, aquellos medicamentos del cuadro básico que determine la Secretaría de Salud.
En el caso de los pasantes en servicio social, de cualquiera de las carreras citadas y los enfermeros, éstos podrán prescribir ajustándose a las especificaciones que determine la SSA.
El otro decreto divulga la adición de un segundo párrafo al Artículo 51 bis 1 de la Ley General de Salud, por el que establece que “cuando se trate de la atención a los usuarios originarios de pueblos y comunidades indígenas, éstos tendrán derecho a obtener información necesaria en su lengua”.
Notas Relacionadas
Concluye Organismo de Limpia ciclo de pláticas de educación ambiental en primaria de Tepontla
15 de julio de 2026
Bienestar y salud para las familias: Ariadna Ayala impulsa Jornadas de Atención DIF
15 de julio de 2026
Refuerza SSP acciones coordinadas para combatir el robo de hidrocarburos en Puebla
15 de julio de 2026
José Luis García Parra defiende en el Congreso la viabilidad del Cablebús
15 de julio de 2026
Termina la búsqueda en Valsequillo; localizan cuerpo de hombre desaparecido
15 de julio de 2026
Termina la búsqueda en Valsequillo; localizan cuerpo de hombre desaparecido