En el Día del Condón, vuelve a cobrar relevancia el debate sobre el llamado stealthing, un concepto que ya se puso sobre la mesa en el Congreso del estado, cuando se presentó una iniciativa para tipificarlo como delito autónomo y reconocer esta conducta como una lesión a la autodeterminación sexual.
El stealthing es una práctica de violencia sexual que consiste en retirar, dañar o no usar el preservativo durante una relación sexual sin el consentimiento explícito de la pareja, vulnerando el acuerdo previo y exponiendo a la persona afectada a riesgos graves para su salud y vulnerando su autonomía corporal.
En México, el stealthing no está tipificado de manera explícita como delito autónomo en el Código Penal Federal ni en la mayoría de los códigos penales estatales. A nivel federal, se han presentado múltiples iniciativas para adicionarlo como agravante o modalidad en delitos como abuso sexual o incluso como violación equiparada, pero ninguna ha prosperado.
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— ???????????????????? ???????????????????????????? (@Diego_PalermoB) February 10, 2026
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Esto deja la conducta en una laguna legal, aunque en algunos casos podría encuadrarse en figuras existentes como abuso sexual o violación por engaño o vulneración del consentimiento.
Hasta la fecha, ningún estado ha aprobado una legislación específica que tipifique el stealthing como delito independiente o agravado de forma definitiva y en vigor; sin embargo, varios congresos locales han discutido y presentado iniciativas en años recientes.
Puebla ha sido uno de los estados con mayor actividad legislativa al respecto: en 2024, se presentó la propuesta para adicionar artículos al Código Penal estatal con penas de hasta 5 a 15 años de prisión en algunos casos, considerándolo como agresión sexual por engaño o violación equiparada. Continúa en trámite o “análisis” sin aprobación final reportada.
En noviembre de 2025, el Grupo Parlamentario del PRD en el Estado de Mexico presentó una iniciativa para penalizar el stealthing con hasta 3 años de prisión, clasificándolo como violación adyacente o abuso sexual agravado. La propuesta enfatiza la vulneración del consentimiento y la violencia sexual basada en engaño. Permanece en discusión en el Congreso.
En la Ciudad de México, iniciativas desde 2023 buscan adicionar el artículo 159 Bis al Código Penal local para sancionar con 3 meses a 3 años de prisión y multas, el retiro o daño doloso de métodos anticonceptivos de barrera sin consentimiento.
Otras propuestas, incluyendo referencias a “Ley Anti-Stealthing”, han estado en análisis en comisiones, pero no hay registro de aprobación hasta ahora.
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— Universum Museo (@UniversumMuseo) February 13, 2026
De igual manera, se han registrado propuestas en Baja California, enfocadas en violación equiparada y menciones aisladas en otros congresos locales, pero sin avances hacia la promulgación. En general, los esfuerzos se centran en reformar códigos penales estatales para incluirlo como modalidad de abuso sexual o violación.
A pesar del avance internacional y del creciente reconocimiento social de que el consentimiento debe ser libre, informado y continuo, México mantiene pendiente la discusión definitiva sobre la tipificación del stealthing. La ausencia de una figura jurídica específica no elimina la conducta ni sus consecuencias: embarazos no deseados, infecciones de transmisión sexual y afectaciones psicológicas forman parte de los riesgos que enfrentan las víctimas.