Preparar comida con cannabis en casa será considerado en adelante una actividad culinaria ordinaria en México por decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El organismo judicial avaló las restricciones en vigor sobre la preparación de cannabis en medicamentos, remedios herbolarios, dispositivos médicos, suplementos alimenticios y cosméticos y demás productos sujetos a controles sanitarios especializados, así como las relativas a vapeadores y dispositivos similares.
"Respecto de los alimentos preparados y semipreparados, la SCJN consideró que la preparación para consumo personal de cannabis y THC [ tetrahidrocannabinol] forma parte de una actividad culinaria ordinaria y no equivale a la fabricación de productos sometidos a un régimen sanitario especial", dice el comunicado oficial emitido el jueves.
✅#ComunicadoSonoro I Hoy la #SCJN determinó que la autorización para el autoconsumo recreativo de cannabis y THC puede incluir la preparación en alimentos para consumo personal y, protegió las condiciones de vida de mamíferos marinos.
— Suprema Corte (@SCJN) September 11, 2026
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De acuerdo con la resolución judicial, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) deberá emitir "una autorización que permita la preparación de cannabis en alimentos preparados o semipreparados destinados exclusivamente al autoconsumo de su titular". "Esta determinación no autorizaría su comercialización, distribución, suministro a terceros ni expendio al público, así como las relativas a vapeadores y dispositivos análogos", aclara la nota.
Desde 2021, la SCJN eliminó la prohibición absoluta del autoconsumo de cannabis con fines recreativos, lo que obligó a la Cofepris a emitir autorizaciones para sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar cannabis y THC, manteniendo al propio tiempo las restricciones sobre la importación, el comercio o la distribución.